Derecho que posee cualquier
ciudadano detenido o preso a comparecer de forma
inmediata ante el juez para
que, una vez oído, resuelva si su arresto
se ajustó a Derecho y si debe suspenderse
o mantenerse.
Es un término del derecho inglés
(1679) que ha sido adoptado
por numerosos estados. Constituye una garantía
de las personas frente a la posible vulneración
de sus derechos por las autoridades. En España,
una vez transcurridas 72 horas desde su detención,
el arrestado tiene derecho a comparecer ante
el juez quien habrá de ponerlo en libertad
si no encuentra motivos fundados para su encarcelamiento.