"Los representantes del pueblo francés, constituidos
en Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia,
el olvido o el desprecio de los derechos del hombre son
las únicas causas de las desgracias públicas
y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto
exponer, en una declaración solemne, los derechos
naturales, inalienables y sagradas del hombre (...).
Artículo 1. Los hombres nacen y permanecen
libres e iguales en derechos, las distinciones sociales
no pueden fundarse más que sobre la utilidad común.
Artículo 2. El objeto de toda asociación
política es la conservación de los derechos
naturales e imprescriptibles del hombre. Estos derechos
son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia
a la opresión.
Artículo 3. El principio de toda soberanía
reside esencialmente en la Nación. Ningún
cuerpo ni individuo puede ejercer autoridad que no emane
expresamente de ella."
La Declaración de Derechos del Hombre y
del Ciudadano. Agosto de 1789.
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