"1. En el caso de que se produzcan modificaciones político-territoriales en los Estados bálticos (Finlandia, Estonia, Letonia y Lituania), la frontera septentrional de Lituania se considerará como el límite natural de las zonas de influencia de Alemania y la URSS.
2. Ante la eventualidad de ciertos cambios político-territoriales en la zona de influencia del Estado polaco, el límite de las esferas de influencia de Alemania y la URSS será aproximadamente el señalado por los ríos Narev, Vístula y San.
3. Por lo que hace referencia a los territorios del sudeste de Europa, se hace destacar por parte soviética su evidente interés por Besarabia (…).
4. El contenido del presente documento deberá ser mantenido en estricto secreto por ambas partes signatarias."
Moscú, 23 de agosto de 1939.
Protocolo secreto del Pacto de no agresión germano soviético.